Claudia Humphrey Abogada

VISAS DE INVERSION

Las clases de visa que a continuación se detallan son para empresarios, emprendedores, o inversionistas que buscan emigrar a los Estados Unidos (“USA”) particularmente para aquellos que buscan un programa de inmigración que les conduzca a una tarjeta verde o residencia en USA.  

Visa EB-5

  • La inversión mínima requerida actualmente es de $ 1,000,000 de dolares,
  • La empresa del solicitante debe crear directamente 10 nuevos puestos de trabajo para calificar,
  • Esta visa permite el paso o la aplicacion a la residencia o expedicion de la Tarjeta Verde o Green Card,
  • es importante que se pueda rastrear el dinero utilizado para esta inversión. Si se invierte desde el extranjero, la fuente y la ruta de los fondos deben documentarse y estar limpias y,
  • los fondos adicionales no pueden haber sido generados dentro de los EE. UU.  

Proyecto de Centro Regional Visa EB-5

  • En lugar de invertir directamente $ 1 millón de dólares en la propia empresa, un inversionista puede invertir $ 500,000 dólares en un proyecto del Centro Regional EB-5,
  • los 10 nuevos puestos de trabajo necesarios pueden crearse indirectamente de esta manera mediante el proyecto del centro regional,
  • es necesario que el inversionista tenga en cuenta que su dinero se inmoviliza en el proyecto del Centro Regional durante 5 años hasta que pueda reembolsarse al inversor. Quiere decir que el inversionista no tiene control sobre su dinero hasta que se le reembolse.
  • aplican las mismas condiciones sobre la trazabilidad del dinero que para la inversión directa.

Visa E-2 o Visa de Tratado Internacional de Comercio

  • La ley de inmigración habla de inversión de una “cantidad sustancial.”
  • Aunque no hay una cantidad mínima requerida ya que la ley solo habla de cantidad substancial, generalmente se sugiere que el aplicante haga una inversión de $ 200,000, USD y,
  • crear cinco puestos para empleados en el transcurso de cinco años para que el solicitante obtenga la E-2, y
  • es importante que se pueda rastrear el dinero utilizado para esta inversión. Si se invierte desde el extranjero, la fuente y la ruta de los fondos deben documentarse y estar limpias.

VISAS DE EMPLEO

Visa de Trabajo L-1

VISAS DE EMPLEO

Visa de Trabajo L-1:

  • El(la) gerente o ejecutivo(a) debe haber trabajado durante al menos un año de los últimos tres años para una empresa, que esta
  • afiliada en el extranjero antes de llegar a administrar la empresa relacionada en USA,
  • la visa L-1 también se puede utilizar para un Start-up estadounidense.
  • el o los solicitante(s) de prácticamente cualquier país del mundo puede(n) calificar para venir a USA,
  • deben ser siempre el(los) gerente(s) o ejecutivo(s) en su país de origen, y
  • aunque no es absolutamente necesario desde el punto de vista legal, para tener éxito es útil si la entidad extranjera ha existido durante varios años, tiene al menos cinco empleados y ha presentado declaraciones de impuestos y empleo durante varios años.
  • La existencia de tal historial ayudará a respaldar una solicitud exitosa.

La visa de trabajo L-1 tiene una duración máxima de siete años para gerentes y ejecutivos. El proceso comienza con una petición presentada ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) en los Estados Unidos. La aprobación de la visa implica una revisión de los registros corporativos y financieros tanto de la empresa afiliada en el extranjero como de la empresa estadounidense, o en el caso de una nueva empresa, el plan de negocios de la empresa estadounidense.

Aunque técnicamente no es un requisito, es útil si la nueva entidad en USA ha establecido una oficina donde hará sus negocios. Una vez que se aprueba la petición, el gerente o ejecutivo extranjero debe solicitar la visa en un consulado americano en el extranjero antes de ingresar a USA. Tenga en cuenta que después de un año exitoso en USA es posible que el solicitante solicite una tarjeta verde o Green Card.

Visa de Trabajo H-1B

  • Trabajar en una ocupación especializada,
  • Requiere un título de educación superior o su equivalente,
  • Requiere del LCA o certificación laboral expedido por el Departamento de Labor de USA,
  • Incluye modelos de moda de distinguido mérito y capacidad e investigación y desarrollo de gobierno a gobierno, o
  • Proyectos de coproducción administrados por el Departamento de Defensa,
  • Una vez el LCA es obtenido, se debe hacer la correspondiente solicitud a la oficina de USCIS.

EB-2 de Exención por Interés Nacional – EB-2 NIW

La visa de Exención por Interés Nacional reconoce que puede ser en el “interés nacional” de los Estados Unidos eximir el proceso de oferta laboral y certificación laboral (LCA) a algunos ciudadanos extranjeros.

Requisitos

  • Un profesional de cualquier campo puede calificar para una visa EB-2 NIW,
  • Poseer un título avanzado o su equivalente en los campos profesionales, o
  • para aquellos que tengan una capacidad excepcional en las ciencias, artes, negocio o deportes,
  • tener un grado de conocimiento superior al encontrado comúnmente en su campo,
  • el profesional puede trabajar para una compañía americana, o puede abrir una compañía que es para el “interés nacional” de los Estados Unidos, o favorece el país americano con el conocimiento y la materia objeto de su investigación,
  • el aplicante también puede solicitar permiso de trabajo mientras la solicitud está pendiente.

Programa de Libertad Condicional o Parole Entrepreneur Program

Este es un programa de libertad condicional de IE que proporciona una vía de inmigración temporal para los empresarios extranjeros que han fundado empresas en los Estados Unidos. La finalidad de este programa es atraer capital de riesgo u otros fondos que pueden beneficiar a la nación al hacer crecer y agregar puestos de trabajo a la economía estadounidense. Los empresarios extranjeros tiene la oportunidad de crear y desarrollar entidades de nueva creación con alto potencial de crecimiento en los Estados Unidos.

Requisitos

  • Poseer una participación sustancial en la propiedad de una entidad de nueva creación creada en los últimos cinco años en los Estados Unidos que tiene un potencial sustancial para un rápido crecimiento y creación de empleo.
  • Tener un papel central y activo en la entidad de puesta en marcha, de modo que estén bien posicionados para ayudar sustancialmente con el crecimiento y el éxito del negocio.
  • Proporcionar un beneficio público significativo a los Estados Unidos en función de su papel como empresario de la entidad de nueva creación.
  • proporcionan evidencia adicional confiable y convincente del potencial sustancial de la entidad de nueva creación para un rápido crecimiento y creación de empleo.

Otras Categoria de Visas

Asesoría Legal en:

Visa de Trabajador Temporal

 

Visa

Descripción General y Requisitos Solicitante

H-1B1: Libre Tratado (FTA) – Solo para Chile y Singapur.

Trabajar en una ocupación especializada. Requiere un título postsecundario que implique al menos cuatro años de estudio en el campo de especialización. También puede visitar la embajada americana en Chile para mayor información.

  

H-2A: Trabajadores temporales de la agricultura.

Para trabajos agrícolas temporales o estacionales. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con limitadas excepciones, si se determina que es de interés para los Estados Unidos. Asesoramos a los Empresarios y candidatos.

H-2B: Trabajadores temporales no relacionados con la agricultura.

Para trabajos no agrícolas temporales o estacionales. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con limitadas excepciones, si se determina que es de interés para los Estados Unidos. Asesoramos a los Empresarios y candidatos

O: Individuo con habilidad o logro extraordinario

Para personas con habilidades o logros extraordinarios en las ciencias, artes, educación, negocios, atletismo o logros extraordinarios reconocidos en los campos del cine y la televisión, demostrados por aclamaciones nacionales o internacionales sostenidas, para trabajar en su campo de especialización. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada anteriormente.

P-1: Atleta individual o en equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento

Para actuar en una competencia atlética específica como atleta o como miembro de un grupo de entretenimiento. Requiere un nivel de desempeño sostenido reconocido internacionalmente. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada anteriormente.

P-3: Artista o animador (individual o grupal)

Para actuar, enseñar o entrenar bajo un programa que es culturalmente único o una actuación o presentación tradicional étnica, folclórica, cultural, musical, teatral o artística. Incluye a las personas que brindan servicios esenciales en apoyo de la persona mencionada anteriormente.

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